17/09/2025
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Guía 2025: deducción IRPF eficiencia energética (20–60%). Obras que aplican, requisitos y límites para incluirla correctamente en tu Renta.
En España existen tres deducciones al IRPF por obras que mejoren la eficiencia energética de viviendas y edificios residenciales. Existen tres tipos diferentes, que van del 20% al 60% según el tipo de mejora y tienen límites máximos y requisitos estrictos de justificación (sobre todo, el certificado energético antes y después de las obras).
Estas deducciones están vigentes para obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2025, siempre que el certificado posterior se expida antes del 1 de enero de 2026.
Es un incentivo fiscal que te permite reducir la cuota de tu Renta por las cantidades que pagues en obras de rehabilitación o mejora energética en viviendas y edificios residenciales. La Agencia Tributaria agrupa estas mejoras en tres deducciones:
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Contribuyentes del IRPF que sean propietarios de la vivienda donde se realizan las obras (o, en su caso, de un edificio residencial completo para la deducción del 60%). Se admiten también plazas de garaje y trasteros adquiridos con la vivienda en la deducción del 60% (rehabilitación energética de edificio).
Puedes aplicar la deducción del IRPF para mejorar la eficiencia energética si las obras se hacen en tu vivienda habitual o en otra vivienda de tu titularidad que esté alquilada para uso de vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que efectivamente se alquile antes del 31 de diciembre de 2025. Ojo: no es aplicable a segundas residencias sin alquilar.
Las personas físicas aplican las tres deducciones según el tipo de obra y requisitos, mientras que las comunidades de propietarios pueden aplicarlas en la rehabilitación energética del edificio (60%). Las obras pueden impulsarse desde la comunidad y cada propietario se practica la deducción por su parte proporcional de gasto, con los topes individuales.
Antes de lanzarte a reformar, conviene saber qué obras dan derecho a deducción en el IRPF por eficiencia energética.
La norma distingue actuaciones en la envolvente térmica (para bajar la demanda de calefacción y refrigeración), la instalación de renovables y mejoras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable. Todas requieren certificados energéticos antes y después para justificar el ahorro y aplicar la deducción correctamente.
Actuaciones en envolvente térmica (ventanas, fachadas, cubiertas, aislamiento interior o SATE…) que consigan reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. Esta es la deducción del 20%.
Cambios que logren –30% en consumo de energía primaria no renovable (por ejemplo, aerotermia, fotovoltaica con autoconsumo, biomasa sostenible para usos térmicos) o que eleven la calificación energética a A o B. Esta es la deducción del 40%. No computan costes de equipos que usen combustibles fósiles.
Intervenciones en fachadas, cubiertas, suelos o huecos que reduzcan pérdidas térmicas: cambias ventanas por alto rendimiento, eliminas puentes térmicos, insuflas o aplicas SATE… Pueden encajar en el 20% (si bajan la demanda ≥7%), en el 40% o el /60% si además cumplen los requisitos de consumo o calificación. Recuerda: todo debe acreditarse con certificados energéticos conforme al RD 390/2021.
Plazos clave
En Renta WEB (Deducciones generales de la cuota) encontrarás el apartado “Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas” con tres subapartados (20%, 40%, 60%). Ahí introduces importes, datos de los certificados y fechas. Recuerda que las tres deducciones son incompatibles entre sí para la misma obra.
Si tributas como autónomo o gestionas un negocio, las deducciones del IRPF por eficiencia se centran en viviendas, pero existen incentivos específicos para locales y oficinas. Hablamos de amortizaciones ventajosas, ayudas públicas (autoconsumo, climatización eficiente) y bonificaciones locales que pueden reducir de forma notable tu factura fiscal y energética.
Estas deducciones del IRPF se centran en viviendas y edificios residenciales. Para locales/oficinas (uso terciario), no se aplica este régimen, pero como autónomo o empresa puedes valorar otros incentivos fiscales:
Más allá del IRPF, revisa el IS (si tributas como sociedad) y ayudas del IDAE o de tu comunidad autónoma para proyectos de renovables y eficiencia, que a menudo compatibilizan con amortizaciones ventajosas o bonificaciones locales.
Importante para autónomos que trabajan desde casa: las partes de la vivienda afectas a actividad económica quedan excluidas de estas deducciones de eficiencia energética de vivienda. Si realizas obras mixtas en la vivienda, no podrás aplicar la deducción por la parte afecta; esa parte, en su caso, se trataría como gasto o inversión de la actividad con su propio régimen fiscal.
Existen numerosos errores comunes que conviene tener en cuenta:
Existen ciertos beneficios adicionales derivados de mejorar la eficiencia energética.
Algunos de los más destacables son el ahorro en facturas de luz y gas a medio plazo, obtener un mayor confort térmico y revalorización del inmueble, una disminución de la huella de carbono y la posibilidad de acceder a bonificaciones municipales y programas de ayudas complementarios (autoconsumo, puntos de recarga, rehabilitación).
Si vas a reformar, planifica con un técnico para garantizar que la obra cumple (–7% demanda, –30% consumo o A/B), tramita bien los certificados (antes y después, registrados y dentro de plazo) y paga sin efectivo. Con ello podrás deducir entre el 20% y el 60% en el IRPF, según el caso, respetando topes y fechas.
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