Deduccion del IRPF por eficiencia energética

Publicado: 15/10/2025

Actualizado: 15/10/2025

Ahorro energético

8 min lectura

¿Puedo deducir una mejora de la eficiencia energética de IRPF

Guía 2025: deducción IRPF eficiencia energética (20–60%). Obras que aplican, requisitos y límites para incluirla correctamente en tu Renta.

En España existen tres deducciones al IRPF por obras que mejoren la eficiencia energética de viviendas y edificios residenciales. Existen tres tipos diferentes, que van del 20% al 60% según el tipo de mejora y tienen límites máximos y requisitos estrictos de justificación (sobre todo, el certificado energético antes y después de las obras).

Estas deducciones están vigentes para obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2025, siempre que el certificado posterior se expida antes del 1 de enero de 2026.

¿Qué es la deducción por eficiencia energética en el IRPF?

Es un incentivo fiscal que te permite reducir la cuota de tu Renta por las cantidades que pagues en obras de rehabilitación o mejora energética en viviendas y edificios residenciales. La Agencia Tributaria agrupa estas mejoras en tres deducciones:

  • 20% por reducción de demanda de calefacción y refrigeración (al menos –7%).
  • 40% por reducción del consumo de energía primaria no renovable (al menos –30%) o por subir la calificación energética global a A o B.
  • 60% por rehabilitación energética del edificio (–30% en consumo de primaria no renovable o calificación A/B), con posibilidad de arrastrar base no deducida hasta cuatro años (límite acumulado).

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¿Quién puede beneficiarse de esta deducción?

Contribuyentes del IRPF que sean propietarios de la vivienda donde se realizan las obras (o, en su caso, de un edificio residencial completo para la deducción del 60%). Se admiten también plazas de garaje y trasteros adquiridos con la vivienda en la deducción del 60% (rehabilitación energética de edificio).

Vivienda habitual vs. viviendas en alquiler

Puedes aplicar la deducción del IRPF para mejorar la eficiencia energética si las obras se hacen en tu vivienda habitual o en otra vivienda de tu titularidad que esté alquilada para uso de vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que efectivamente se alquile antes del 31 de diciembre de 2025. Ojo: no es aplicable a segundas residencias sin alquilar.

Personas físicas y comunidades de propietarios

Las personas físicas aplican las tres deducciones según el tipo de obra y requisitos, mientras que las comunidades de propietarios pueden aplicarlas en la rehabilitación energética del edificio (60%). Las obras pueden impulsarse desde la comunidad y cada propietario se practica la deducción por su parte proporcional de gasto, con los topes individuales.

Tipos de mejoras que permiten deducir en el IRPF

Antes de lanzarte a reformar, conviene saber qué obras dan derecho a deducción en el IRPF por eficiencia energética

La norma distingue actuaciones en la envolvente térmica (para bajar la demanda de calefacción y refrigeración), la instalación de renovables y mejoras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable. Todas requieren certificados energéticos antes y después para justificar el ahorro y aplicar la deducción correctamente.

Obras de reducción de demanda de calefacción y refrigeración

Actuaciones en envolvente térmica (ventanas, fachadas, cubiertas, aislamiento interior o SATE…) que consigan reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. Esta es la deducción del 20%.

Instalación de energías renovables

Cambios que logren –30% en consumo de energía primaria no renovable (por ejemplo, aerotermia, fotovoltaica con autoconsumo, biomasa sostenible para usos térmicos) o que eleven la calificación energética a A o B. Esta es la deducción del 40%. No computan costes de equipos que usen combustibles fósiles. 

Mejoras en aislamiento térmico

Intervenciones en fachadas, cubiertas, suelos o huecos que reduzcan pérdidas térmicas: cambias ventanas por alto rendimiento, eliminas puentes térmicos, insuflas o aplicas SATE… Pueden encajar en el 20% (si bajan la demanda ≥7%), en el 40% o el /60% si además cumplen los requisitos de consumo o calificación. Recuerda: todo debe acreditarse con certificados energéticos conforme al RD 390/2021.

Porcentajes de deducción y límites máximos aplicables

  • 20% por reducción de demanda (≥7%). Base máxima: 5.000 € por contribuyente y año ⇒ hasta 1.000 € de deducción.
  • 40% por reducción de consumo de primaria no renovable (≥30%) o por alcanzar A/B. Base máxima: 7.500 € ⇒ hasta 3.000 € de deducción.
  • 60% por rehabilitación energética de edificio (–30% consumo o A/B). Base máxima: 5.000 € anuales, con posibilidad de aplicar el excedente en los 4 ejercicios siguientes, hasta 15.000 € de base acumulada por contribuyente.

Plazos clave

  • Obras: del 06/10/2021 al 31/12/2025.
  • Certificado final: debe expedirse antes del 01/01/2026.
  • Aplicación en la renta: en el ejercicio en que se expida el certificado posterior a las obras.

Documentación necesaria para aplicar la deducción

  1. Certificado de eficiencia energética antes (máx. dos años previo al inicio) y después de la obra, emitidos por técnico competente, registrados según el RD 390/2021.
  2. Facturas con detalle de partidas (incluye honorarios técnicos, redacción de proyectos, dirección de obra, materiales, ejecución e importe del propio certificado energético).
  3. Medios de pago no en efectivo: transferencia, tarjeta, cheque nominativo o ingreso en cuenta. El efectivo no da derecho a deducción.
  4. Si has recibido ayudas públicas (NextGen, autonómicas, municipales…), resta esas cuantías de la base de la deducción.

Cómo incluir la deducción por eficiencia energética en la declaración de la renta

En Renta WEB (Deducciones generales de la cuota) encontrarás el apartado “Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas” con tres subapartados (20%, 40%, 60%). Ahí introduces importes, datos de los certificados y fechas. Recuerda que las tres deducciones son incompatibles entre sí para la misma obra.

Deducciones en eficiencia energética para negocios y autónomos

Si tributas como autónomo o gestionas un negocio, las deducciones del IRPF por eficiencia se centran en viviendas, pero existen incentivos específicos para locales y oficinas. Hablamos de amortizaciones ventajosas, ayudas públicas (autoconsumo, climatización eficiente) y bonificaciones locales que pueden reducir de forma notable tu factura fiscal y energética.

Inversiones en locales y oficinas

Estas deducciones del IRPF se centran en viviendas y edificios residenciales. Para locales/oficinas (uso terciario), no se aplica este régimen, pero como autónomo o empresa puedes valorar otros incentivos fiscales:

  • Libertad de amortización para inversiones que utilicen energías renovables (según normativa aplicable), útil para equipos de autoconsumo o climatización renovable en tu actividad.
  • Bonificaciones municipales (IBI, ICIO, IAE) por instalar fotovoltaica u otros sistemas de ahorro, según ordenanza local.

Ventajas fiscales adicionales para empresas sostenibles

Más allá del IRPF, revisa el IS (si tributas como sociedad) y ayudas del IDAE o de tu comunidad autónoma para proyectos de renovables y eficiencia, que a menudo compatibilizan con amortizaciones ventajosas o bonificaciones locales.

Importante para autónomos que trabajan desde casa: las partes de la vivienda afectas a actividad económica quedan excluidas de estas deducciones de eficiencia energética de vivienda. Si realizas obras mixtas en la vivienda, no podrás aplicar la deducción por la parte afecta; esa parte, en su caso, se trataría como gasto o inversión de la actividad con su propio régimen fiscal.

Errores frecuentes al solicitar la deducción y cómo evitarlos

Existen numerosos errores comunes que conviene tener en cuenta: 

  • Pagar en efectivo, porque invalida la deducción (usa transferencia, tarjeta, cheque nominativo o ingreso en cuenta). 
  • No obtener el certificado previo o hacerlo con más de dos años de antelación al inicio de la obra (planifícalo con tu técnico). 
  • No registrar el certificado conforme al RD 390/2021 (verifica el número de registro autonómico). 
  • Incluir equipos que funcionen con combustibles fósiles —como calderas de gas— en la base (no computan)- 
  • Acumular varias deducciones sobre la misma obra (son incompatibles entre sí). 
  • No alquilar a tiempo una vivienda “en expectativa” antes del 31/12/2025 (se pierde el derecho).
  • Olvidar restar las ayudas públicas recibidas de la base, para evitar requerimientos.

Beneficios adicionales de apostar por la eficiencia energética

Existen ciertos beneficios adicionales derivados de mejorar la eficiencia energética.

Algunos de los más destacables son el ahorro en facturas de luz y gas a medio plazo, obtener un mayor confort térmico y revalorización del inmueble, una disminución de la huella de carbono y la posibilidad de acceder a bonificaciones municipales y programas de ayudas complementarios (autoconsumo, puntos de recarga, rehabilitación).

Conclusión: cómo ahorrar impuestos y energía con la eficiencia

Si vas a reformar, planifica con un técnico para garantizar que la obra cumple (–7% demanda, –30% consumo o A/B), tramita bien los certificados (antes y después, registrados y dentro de plazo) y paga sin efectivo. Con ello podrás deducir entre el 20% y el 60% en el IRPF, según el caso, respetando topes y fechas. 

En Eligenio te ayudamos a optimizar tu inversión: comparamos tarifas de luz y gas, te orientamos en soluciones solares y de climatización eficiente y te acompañamos para que ahorres en energía… y en impuestos.

Redactado por reinaldo.paloma

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