
Expediente de acometida: qué es y cómo se solicita
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¿Qué es un expediente de acometida?
El expediente de acometida es un proceso mediante el cual se puede tramitar la instalación de la acometida eléctrica en cualquier inmueble.
Una acometida eléctrica es básicamente una instalación de derivación que une la red eléctrica de la distribuidora de luz con un inmueble. Esta derivación es vital para dotar de suministro eléctrico a cualquier vivienda. El proceso que conlleva la instalación si se solicita el alta de luz está incluido en el expediente de acometida.
¿Quién realiza un expediente de acometida?
La empresa distribuidora de tu zona es la entidad encargada de gestionar el expediente de acometida eléctrica.
Si necesitas disponer de suministro eléctrico, como titular puedes ponerte tú mismo en contacto con la distribuidora para iniciar la gestión, aunque lo usual es que este procedimiento lo gestione un instalador autorizado que se encarga de las labores de acometida, pues es necesario tener un total conocimiento de los pasos para tramitar todo de forma rápida y sencilla.
El proceso para solicitar este expediente de acometida puede parecer complejo en un principio, pero es mucho más fácil de lo que parece. Te explicamos todos los detalles en el siguiente epígrafe.
¿Cómo se solicita un expediente de acometida?
Solicitar un expediente de acometida es un proceso muy sencillo. El primer paso es contactar con la red distribuidora eléctrica del área donde se ubica el inmueble e iniciar el proceso.
Cuando te hayas puesto en contacto con la distribuidora, tendrás que informar de que deseas solicitar e iniciar un expediente de acometida. Para que la distribuidora pueda realizar esta acción necesitará que aportes cierta información básica:
- Dirección de tu vivienda
- Datos de identificación
- Tensión de la instalación
- El plano de la instalación eléctrica
- Potencia que quieres contratar
En un plazo de 10 días la distribuidora podrá solucionar cualquier problema que se haya podido dar en la solicitud.
De los siguientes pasos se encargará la distribuidora. En primer lugar realizará un análisis de viabilidad para saber si es posible llevar a cabo la acometida, para después formalizar el proyecto y que un instalador especializado se encargue de ejecutarlo.
Finalmente se comprobará que todo funciona correctamente y se te entregará la documentación referente al proceso que se ha llevado a cabo.
¿Cómo cambia el expediente de acometida según el tipo de vivienda?
Según el tipo de vivienda del que dispongas, puede que no sea necesario solicitar un expediente de acometida. En cualquier caso, independientemente del tipo de vivienda, si la acometida ya se ha realizado con anterioridad no será realizarla de nuevo.
En lo que concierne a los expedientes de acometidas se puede hablar principalmente de dos tipos de vivienda: los inmuebles de viviendas y las viviendas aisladas.
Inmueble de viviendas
Por lo general, no es necesario solicitar expedientes de acometidas en los inmuebles de viviendas, ya que los edificios con varias viviendas en su interior ya suelen tener la acometida realizada con anterioridad. Sin embargo, siempre es bueno comprobarlo para asegurarse de si este proceso es necesario o no.
Viviendas aisladas
En el caso de las viviendas aisladas es más común solicitar el expediente de acometida, aunque en la mayoría de casos no es necesario, porque ya tienen dada de alta la luz.
Si es una obra nueva o la rehabilitación de una casa vieja, tendrás que consultar a la persona pertinente, como el especialista encargado del proyecto de obra, para saber si es necesario que solicites un expediente de acometida con suficiente antelación para poder tener dada de alta la luz desde el primer día en que entres a vivir a la nueva casa o chalet.
¿Cuál es el precio de un expediente de acometida?
Uno de los datos por los que más se preocupan los consumidores es el precio de un expediente de acometida, ya que desean reducir gastos a toda costa, especialmente si se enfrentan ya a los costes de una obra nueva en su vivienda.

Eligenio: Elegir bien, es genial
En efecto, la acometida no es gratuita, y solicitar un expediente requiere una serie de gastos que se deben tener en cuenta. Sin embargo, no hay un precio fijo para los expedientes de acometida, sino que este varía en cada caso en función de una serie de factores, que son los siguientes:
- Calidad del terreno
- Tipo de inmueble
- Dimensión de las obras
- Distancia con respecto a la red de electricidad
A todo esto se debe sumar otro precio, que variará en función de los kW que tengas contratados. Los derechos de supervisión, derechos de enganche y derechos de verificación tienen un precio por actuación. Por otro lado, también debes tener en cuenta dos precios fijos que tendrás que abonar:
- Los derechos de acceso, con un precio fijo para todos los consumidores de 19,70€ por kW contratado
- Los derechos de extensión, con un precio fijo para todos los consumidores de 17,37€ por kW contratado