Suscríbete a nuestra Newsletter

Buscador
¡Ahorra en luz y gas!
¡Ahorra en luz y gas!

> Glosario > Derechos de extensión

¿Qué son los derechos de extensión?

Los derechos de extensión son el pago que tienes que hacer en la primera factura de la luz, cuando das de alta el suministro para abonar los servicios de mantenimiento de la infraestructura de electricidad que realiza la distribuidora. Este importe se suma al de otros derechos, como el de enganche y el de acceso. Aunque el importe de los mismos se destina a la distribuidora, es la comercializadora la que se encarga de facturarlos.

¿Es obligatorio pagar los derechos de extensión?

Es obligatorio pagar los derechos de extensión, si cumples unos requisitos relacionados con el uso, la antigüedad de la propiedad y el suministro. Estos son los siguientes:

  • Cuando das de alta un nuevo suministro en un piso, casa o local en el que nunca haya habido consumo de luz o existido un suministro anterior. Los derechos de extensión están vigentes durante 3 años.
  • Si contratas la electricidad en un inmueble en el que el contrato de luz lleve de baja más de tres años.
  • En el caso de que desees aumentar la potencia contratada. Puedes efectuar este trámite cuando pasas del periodo establecido de 3 años desde el contrato del suministro.

Por otra parte, si tienes una segunda residencia, no es necesario pagar los derechos de extensión para reactivar el suministro eléctrico en ella, si no han pasado más de tres años desde la última vez que se dio de baja.

¿Cuánto cuestan los derechos de extensión?

Los precios de los derechos de extensión se regulan a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y se publican en el BOE. Así, la tarifa siempre es la misma sin importar con qué comercializadora contrates el servicio.

El precio de base de los derechos de extensión es de 17,37 euros sin IVA por kilovatio contratado, pero el importe varía según las circunstancias de cada usuario:

  • Para una nueva alta de suministro eléctrico hay que multiplicar la tarifa de base por el total de la potencia que quieres contratar. Así, si quieres una instalación con una potencia de 3,50 kW, tendrás que calcular 17,37 x 3,50. El total es 60,79 € sin IVA.
  • Si quieres aumentar la potencia: se calcula multiplicando el coste de base (17,37 €) por la diferencia entre la potencia actual y la que deseas. Por ejemplo, si tu hogar tiene una potencia de 3,50 kW y quieres subir a 5,75 kW la operación será: 17,37 x (5,75 – 3,50) = 39 € más el IVA.

¿Conocías qué eran los derechos de extensión y cómo calcular su coste? Puedes saber más sobre altas de instalaciones eléctricas leyendo los artículos de nuestro blog.

Eligenio: Elegir bien, es genial

¿Quieres ahorrar en tu factura de luz y gas? Elegir bien ya tiene nombre: Eligenio
¿Quieres ahorrar en tu factura?

Términos relacionados

Anteriores

Deflector 1900

Descubre qué utilidad tiene el deflector en las industrias, cuántos tipos existen y por qué pueden ayudarte a hacer tu vida más fácil.

Derechos de contratación

Si deseas conocer qué son los derechos de contratación o si estos existen en todas las compañías energéticas, haz clic y descúbrelo en nuestro glosario.

Siguientes

Derechos de verificación

Si quieres descubrir qué son los derechos de verificación, en este post vas a poder encontrar toda la información que estás buscando.

Desarrollo sostenible

¿Sabes qué significa el término Desarrollo Sostenible? Conoce cuáles son sus causas y su definición dentro del glosario de Eligenio.