Tanto si todavía no tienes luz en casa como si lo que quieres es cambiarte de tarifa o de compañía, necesitas saber cómo se tramita un contrato de suministro eléctrico. Verás que esta gestión es en realidad bastante más sencilla de lo que indica su nombre a primera vista.
La mayor parte del procedimiento lo lleva a cabo la comercializadora de luz con la que vas a firmar tu contrato, así que no tienes que preocuparte de mucho. Lo importante es que sepas distinguir entre distribuidoras y comercializadoras, de lo que hablaremos en este artículo.
También te comentaremos más o menos el precio que vas a tener que pagar para que te puedas dar de alta la luz en casa, así como la documentación que tendrás que presentar a la empresa antes de firmar el contrato de la tarifa que hayas elegido. ¡Sigue leyendo!
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¿En qué consiste el contrato de suministro de luz?
Un contrato de suministro de luz es esencial para que puedas disfrutar de la electricidad en tu vivienda. Es un procedimiento que reúne tanto a la comercializadora con la que firmas el contrato como a la distribuidora que se encarga de enviar la energía a tu punto de suministro.
Ahora bien, no te confundas con la idea de darte de alta de la luz y contratar la luz porque no es lo mismo. Verás, las personas que se dan de alta son aquellas que van a tener luz en una casa por primera vez o después de un tiempo donde la electricidad se había dado de baja.
En cambio, las personas que contratan la luz son aquellas que solo prefieren cambiar de tarifa o de empresa comercializadora. También son clientes que acaban de pedir el alta de la luz a la empresa y esperan a que esta les dé el visto bueno con la formalización del contrato.
Si has leído todo lo que te hemos contado hasta ahora, te habrás fijado en que el contrato de suministro de luz siempre tiene que ver con un inmueble donde se debe suministrar luz con la ayuda de una comercializadora y una distribuidora. ¿En qué se diferencian las dos entidades?
Por qué no es lo mismo una distribuidora que una comercializadora
Las distribuidoras no son lo mismo que las comercializadoras, ya que las dos tienen funciones ligeramente diferentes desde que se ha liberado la energía del mercado español. Mientras que la distribuidora produce y reparte la luz en casa, una comercializadora hace compraventas.
¿A qué nos referimos por compraventas? A que toda comercializadora adquiere la energía que produce una distribuidora para luego venderla a los clientes que quieren tener luz en su casa. Como ya te imaginas, este acuerdo se formaliza en el contrato de suministro eléctrico.
A nivel burocrático, la empresa comercializadora es la que factura a sus clientes por recibir el servicio energético cada mes o cada dos meses, mientras que la distribuidora eléctrica es la que da de alta el suministro de luz en tu casa. Así empiezas a disfrutar de tu contrato.
Ahora bien, no pienses que puedes elegir a tu distribuidora al igual que eliges a tu empresa comercializadora. Cada zona de España tiene una distribuidora determinada, que viene elegida por el Gobierno. Como cliente eliges la tarifa que quieres, pero no la distribución en sí.
Eligenio: Elegir bien, es genial
Requisitos para tramitar un contrato de suministro eléctrico
Ya has indagado un poco más en el funcionamiento de los contratos de suministro eléctrico, pero no todo queda ahí. Para que estos contratos tengan validez, tienes que haber aportado algunos documentos cruciales previamente a la empresa comercializadora que has elegido.
Sigue leyendo la lista que te ponemos a continuación para saber cuáles son esos documentos:
- Si vas a darte de alta de un nuevo contrato porque eres tú el titular por primera vez, tienes que aportar el CUPS, la dirección de la casa, tus datos personales, la información de facturación y el Boletín Eléctrico. También abonarás los derechos por recibir la luz.
- Si te das de alta de un nuevo punto de suministro porque te has mudado a otra casa, darás el nuevo CUPS, la nueva dirección de la casa, tus datos personales y de facturación, y el Boletín Eléctrico. También se abonan los derechos de acometida.
En el contrato de suministro tiene que constar dónde vives, cuál es el punto de suministro y los datos más importantes del titular. Este papeleo, sumado al pago por los derechos de tener luz, permiten que la comercializadora y la distribuidora te suministren electricidad. ¡Así de fácil!
¿Cuánto me va a costar dar de alta un suministro de luz?
Otra cuestión que debemos considerar cuando estamos a punto de firmar nuestro contrato de suministro eléctrico es la cantidad de dinero que debemos abonar para tener luz en casa. Ten en cuenta que este dinero está totalmente regulado por el Gobierno y se paga solo una vez.
Claro que calcular el precio para dar de alta un suministro de luz va a depender también de la potencia que vayamos a contratar, ya que los derechos de alta están sujetos a la cantidad de kWh que queremos que se nos suministre en casa. Estos son los precios aproximados:
- Derechos de enganche: 9,04 € + IVA.
- Derechos de acceso: 19,70 €/kW + IVA.
- Derechos de extensión: 17,37 €/kW + IVA.
Si no sabes exactamente a que nos referimos por derechos de enganche, de acceso y de extensión, te invitamos a que eches un vistazo a la guía informativa que creó la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia sobre el mercado de la electricidad española.