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Entendiendo el contrato de suministro eléctrico

Entendiendo el contrato de suministro eléctrico

Si quieres saber todo lo que incluye el contrato de suministro eléctrico y los pasos para formalizarlo, en este artículo te contamos todos los detalles.

El contrato de suministro eléctrico te sirve para conseguir que la energía te llegue de la red eléctrica al punto de suministro. Podría entenderse como un acuerdo que haces con tu distribuidora, pero el contrato es algo más elaborado. Vamos a analizarlo con detenimiento.

Qué es el contrato de suministro eléctrico

El contrato de suministro eléctrico es aquel que sueles firmar a distancia o fuera de la oficina comercial de la comercializadora con la que vas a recibir luz en tu inmueble. Con este contrato, la comercializadora y tú aprobáis que la luz se envíe desde la red al punto de suministro.

Pero para que el contrato tenga suficiente validez, es necesario seguir unas pautas formales. Por ejemplo, el lenguaje con el que se redacta ese contrato tiene que ser muy transparente y comprensible para que la persona que firma el documento entienda bien a qué se expone.

A esto lo llamamos las Condiciones Generales de la Contratación. Es una manera de que la comercializadora dé a conocer a la persona que va a firmar el contrato todo lo relativo al servicio eléctrico con antelación, para que la persona decida si acepta las condiciones o no.

Si las acepta, la persona tiene igualmente la opción de ejercer el derecho de desistimiento en un plazo de 14 días desde que se firma el contrato. Este derecho le sirve al usuario para dejar de participar en el contrato, en caso de que no esté conforme con los servicios que se prestan.

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Qué incluye el contrato de suministro eléctrico

Ahora que ya sabes lo que es un contrato de suministro eléctrico, es importante que entiendas todo lo que este incluye a nivel formal. El contrato está dividido en varios apartados con distintas secciones, donde se te informa de todo lo relacionado con la tarifa que quieres tener:

El objeto

Por objeto se entiende la contratación en mercado libre por parte del titular, que es la persona responsable de recibir el suministro de luz por parte de la comercializadora.

Electricidad renovable

En el contrato también debe aparecer que la comercializadora garantiza que el cliente recibe suministro de luz 100% renovable, es decir, que la comercializadora solo utiliza energía verde certificada. La certificación se ofrece mediante Garantías de Origen (GDO).

Duración del contrato

En el contrato se especifica cuánto va a durar y cuándo empieza a ser legítimo. Por defecto, todos los contratos de luz duran un año, siempre y cuando no se indique otra cosa en las Condiciones Particulares del contrato. Cuando la luz se da de alta, el contrato entra en vigor.

Autorización del cliente

Además, en el contrato también se indica que el cliente da su autorización para aprobar el compromiso entre la comercializadora y él. Por ejemplo, debe estar de acuerdo con la legislación vigente, con el servicio que va a recibir y con los datos personales que aparecen.

Instalación eléctrica bajo control

En el contrato, el cliente se hace responsable de que su instalación eléctrica cumple con todos los requisitos técnicos que exige la legislación del país. Si no se cumplen con los requisitos, la comercializadora puede dejar de enviar suministro al inmueble en cuestión.

Facturación

En el contrato aparecen indicados los datos de consumo que el cliente ha hecho y que están publicados por la distribuidora. La cantidad de luz que se ha consumido se factura en un plazo de tiempo determinado desde la emisión, normalmente a través de la domiciliación.

Desestimiento

El cliente que es responsable del contrato puede desistir los servicios de la comercializadora en un plazo de 14 días desde que entra en vigor el contrato. En este caso no es necesario justificar el porqué del desistimiento ni puede recibir ninguna penalización al respecto.

Pasos para formalizar un contrato de luz

A la hora de formalizar un contrato de luz, tienes que seguir unos trámites burocráticos para que el suministro de electricidad pueda pasar de la red eléctrica a tu inmueble:

  1. Tienes que dar de alta el nuevo contrato de luz con el número CUPS del punto de suministro, presentándote tú como titular que se hace responsable del contrato.
  2. Es necesario que abones los derechos de acceso a la red. Estos derechos estarán incluidos en la factura de luz que recibas con la comercializadora eléctrica.
  3. Es necesario que abones los derechos de extensión por recibir la electricidad desde la red hasta el punto de suministro de tu inmueble. Estos derechos también se incluyen en la factura de la luz que recibas con la comercializadora eléctrica.
  4. Debes indicar la potencia de luz que quieres tener en el inmueble, lo cual depende, entre otras cosas, del número de aparatos y electrodomésticos que uses y la potencia que necesitan todos ellos para funcionar sin que se salten los plomos.
  5. Es posible que tengas que abonar los derechos de verificación si la potencia que necesitas es mayor a la admisible de la instalación. En este caso lo que necesitas es un Certificado de Instalación o Boletín Eléctrico, que lo emite una entidad instaladora.
  6. Es necesario que abones los derechos de enganche.

En resumidas cuentas, la documentación que debes presentar para formalizar un contrato de luz incluye el número CUPS, la dirección de suministro, los datos personales del titular del contrato con la comercializadora, los datos de facturación, la potencia del suministro, etcétera.

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