Cada vez que contratamos la luz en cualquier inmueble de España, es obligatorio pagar un dinero por tener derechos de acceso a la red de transporte eléctrica. Pero no te preocupes, porque este abono no se hace por hacer y tiene un objetivo que te explicamos más abajo.
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¿Qué son y para qué sirven los derechos de acceso en la tarifa eléctrica?
Los derechos de acceso en la tarifa eléctrica están pensados para que la distribuidora pueda llevar la electricidad al inmueble en cuestión. Básicamente, lo que pagas es el derecho de usar la red eléctrica, que es el lugar por donde transita la luz hasta llegar a tus bombillas.
Para que quede claro, estos derechos de acceso no se los inventa la distribuidora que te va a pasar la luz. De hecho, los derechos de acceso vienen recogidos en el BOE y son parte de los derechos de acometida. El precio lo ajusta el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Así que ya sabes, si lo que quieres contratar la luz en un inmueble, es obligatorio que pagues un poco de dinero de una sola vez para acceder a la red eléctrica y que la luz viaje hacia ti.
Esto se refleja en el expediente de acometida, documento que recoge todos los pagos a realizar de a la hora de contratar luz en un inmueble, entre ellos el derecho de acceso.
¡Arroja luz sobre tus facturas!
¿Cuándo hay que pagar los derechos de acceso?
Pero los derechos de acceso por disfrutar de la electricidad no se tienen que estar pagando mes tras mes como si se tratase de una tarifa o algo así. En verdad, los derechos de acceso se pagan en una factura de luz cuando se cumple alguna de estas condiciones para ello:
- Que el inmueble es de nueva construcción y no haya pasado la electricidad por él, en cuyo caso sí que tienes que pedir los derechos de acceso cuando vayas a contratar una tarifa eléctrica. También se incluyen los derechos de enganche para darte de alta.
- Que el inmueble haya tenido la electricidad de baja durante mucho tiempo, en cuyo caso tienes que pedir los derechos de acceso al contratar una tarifa eléctrica.
- Que el inmueble reciba suministro eléctrico de mayor potencia que anteriormente, en cuyo caso también tienes que pedir los derechos de acceso.
No tienes que preocuparte de nada, porque el abono correspondiente aparecerá indicado en la factura de luz que recibas de la comercializadora. Por supuesto, ese abono no se destina a la comercializadora en sí, sino a la distribuidora, que es la que va a pasarte el suministro de luz.
Precio de los derechos de acceso
Ahora que ya sabes qué son los derechos de acceso y cuándo tienes que pagarlos, seguramente te preguntes de qué cantidades de dinero estamos hablando. Pues esto también depende de algunos factores: si te vas a dar de alta o si solo quieres subir la potencia.
Coste por alta nueva
Si te vas a dar de alta con una comercializadora, el precio por acceder a la red eléctrica es de 19,70 euros por cada kilovatio. Estos serían algunos precios que pagarías en la vida real:
- Por 3,45 kilovatios pagarías 67,96 euros
- Por 10,35 kilovatios pagarías 203,89 euros
- Por 4,6 kilovatios pagarías 90,62 euros
Ten en cuenta que estos precios son los que tendrías que abonar si estamos hablando de instalaciones monofásicas, es decir, instalaciones de electricidad que pasan por viviendas o por locales. Por ejemplo, si contrataras 4,6 kilovatios en casa tendrías que pagar 90,62 euros.
Coste por aumento de potencia
Si lo único que quieres es subir la potencia de la energía en tu casa o en un local, entonces la cosa cambia. Aquí lo que está pasando es que la potencia de la luz no es suficiente como para que tus electrodomésticos funcionen, así que es habitual que salten los plomos a menudo.
¿Cuánto tienes que pagar en este caso? Pues mucho menos de lo que pagarías si te acabaras de dar de alta. Cuando lo que quieres es aumentar la potencia, lo único que pagas es la distancia que hay entre tu potencia original y la que quieres contratar. Mira este ejemplo:
Si estás en casa y te das cuenta de que encender el horno hace que se salten los plomos, lo más aconsejable es aumentar la potencia de luz con tu comercializadora. Tu potencia original es de 3,46 kilovatios y decides aumentarla a 5,75 kilovatios, ¿cuánto te va a tocar pagar?
- 19,70 € (5,75 kW -3,45 kW) = 45,31 € + IVA
¿Dónde están los derechos de acceso en la factura eléctrica?
Además de los derechos de extensión y los derechos de enganche, todas las comercializadoras tienen la obligación de incluir los derechos de acceso en la factura de luz, no importa de qué distribuidora estamos hablando. El cliente ve el precio que paga.
En la factura hay un apartado que muestra los derechos de acometida del suministro, el cual engloba tres conceptos que ya te hemos mencionado: derechos de enganche, derechos de extensión y derechos de acceso. Junto a ellos, verás la cantidad de dinero que debes abonar.
Por cierto, ten en mente que los derechos de acceso siempre valen el precio que dictamina el Gobierno. Es decir, no importa si tienes un contrato con Endesa, con Naturgy o con Iberdrola, el precio es fijo y lo único que varía es el trámite. En la factura también se incluye el IVA.